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Argentina: El código penal no tiene un artículo base ni ley contra el maltrato infantil

La diputada Gabriela Brouwer de Koning presentó un proyecto de ley para incorporar la figura penal de maltrato infantil en el Código Penal, que incluye:

– Maltrato infantil: cualquier forma de abuso o desatención que afecte a un menor de 18 años, incluyendo maltrato físico o afectivo, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial.
– Agravante del homicidio: cuando sea perpetrado contra un niño, niña o adolescente.
– Incorporación de la figura del hijo/a afín como víctimas que agravarían la pena a su autor.

El maltrato infantil tiene graves consecuencias a corto, mediano y largo plazo en los niños y niñas, y es importante que se tomen medidas para prevenir y sancionar estos delitos.

Gabriela Brouwer de Koning es diputada nacional por la provincia de Córdoba desde 2021. Es miembro de la Unión Cívica Radical y forma parte de la coalición de Juntos por el Cambio.

Licenciada en Ciencias Políticas y abogada, ha tenido una carrera política destacada, desempeñándose en diversos cargos municipales y siendo coautora del libro «De la Unión Cívica a la Unión Cívica Radical. La lucha por la participación ciudadana» publicado en 2004.

En su labor como diputada, ha participado en debates importantes y ha presentado proyectos de ley, como la creación de la Universidad Nacional de Río Tercero.

Diferencia entre Capacitación y Penalización del Maltrato en la Ley 27.709

Este proyecto de ley busca tipificar penas y agravantes, mientras que la ley promulgada en mayo del 2023. Incorpora la capacitación para detectar y denunciar. 

La ley 27.709, conocida como «Ley Lucio», aprobada en el Congreso tras el asesinato del niño de 5 (cinco) años Lucio Dupuy que sufrió una brutal golpiza por parte de su madre y de su pareja

Uno de los artículos de la ley plantea la protección de los denunciantes en los casos de posible vulneración, procurando «la reserva de identidad del denunciante y la protección de su integridad».

La ley enfatiza en el deber de comunicar una vulneración o amenaza de derechos y el deber de recibir y tramitar una denuncia por parte del funcionario público, conforme lo establecido en la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de NNyA y la 27.455 de Abuso en la Infancia.

Viviana Vivinila Gómez

Periodista, escritora, capacitadora y activista de la seguridad integral.

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